El TS recuerda: los clubes de cannabis son solo para adictos y en grupos pequeños

Como recuerdan los magistrados, aunque el consumo no terapéutico sea ilegal, no está sancionado en el Código Penal
El Dario (España)
Miércoles, 27 de noviembre, 2019

Las asociaciones para el cultivo y consumo compartido de cannabis deben cumplir requisitos concretos, como que todos los socios sean "adictos", para evitar extender el consumo de drogas, y que se trate de un grupo reducido, "que permita considerar que estamos ante un acto íntimo sin trascendencia pública". Así lo recuerda el Tribunal Supremo en una reciente sentencia dictada el pasado 19 de noviembre con la que ratifica la condena de hasta cuatro años de prisión que impuso la Audiencia Provincial de Barcelona a los fundadores de un club de cannabis. Según los jueces, era una mera pantalla para la elaboración y distribución masiva de droga. (Véase también: Los nuevos criterios establecidos por el Tribunal Supremo para regular las asociaciones de consumo de cannabis)